Ayudas económicas en cambio de bañera a ducha

Ayudas individuales del programa Etxean dirigidas a personas con discapacidad o en situación de dependencia.

 

Este servicio tiene por objeto favorecer a las personas, con discapacidad o en situación de dependencia, la autonomía personal y la accesibilidad en el desarrollo de las actividades de la vida diaria.

 

Normativa reguladora: Decreto Foral 87/2008, de 23 de diciembre.

 

Tipología de ayudas subvencionadas:

  1. Ayudas económicas para la financiación de programas de atención individual:
    • Ayudas para el acceso o la realización de programas de integración.
    • Ayudas para favorecer la vida independiente de personas mayores de 18 años que renuncien a utilizar recursos residenciales y opten por vivir solos o formando su propia unidad familiar.
  2. Ayudas económicas para la compra de productos de apoyo para favorecer la autonomía personal, o cesión de los mismos. Entendiendo por productos de apoyo (hasta ahora conocidos como ayudas técnicas) “cualquier producto fabricado especialmente o disponible en el mercado, para prevenir, compensar, controlar, mitigar o neutralizar deficiencias, limitaciones en las actividades y restricciones en la participación”

 

 

 

Estas ayudas se clasifican, por su función, de la siguiente forma:

  • Para la movilidad personal y acceso al transporte.
  • Para la accesibilidad urbanística y de la edificación.
  • Para la protección y el cuidado personal.
  • Mobiliario y adaptaciones para vivienda.
  • Para la comunicación, la información y la señalización.

Requisitos generales a tener en cuenta:

  • La persona solicitante deberá estar empadronada en el Territorio Histórico de Gipuzkoa con una antigüedad mínima de un año.
  • Haber sido calificada como persona con discapacidad igual o superior al 33% o como persona en situación de dependencia.
  • Para requisitos específicos consultar los anexos 1 y 2 del decreto foral mencionado.

Forma y plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes deberán presentarse a través de los servicios sociales del municipio de residencia, quienes valorarán el cumplimiento de los requisitos generales de acceso a las ayudas. En cualquier caso, tanto la solicitud como el expediente correspondiente irán referidos a la persona con discapacidad o en situación de dependencia.

Dado el carácter singular de estas ayudas podrán presentarse las solicitudes en cualquier momento en tanto la formativa mencionada se encuentre en vigor.

 

Más información en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
https://ssl4.gipuzkoa.net/boletin/asp/index.asp
BOG Número 251. Fecha 31/12/2008. Página 69 DF 87/200

 

información obtenida de http://www.bidea.es/de-informacion.php#arriba

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